Aún así, constatar esta realidad no debe paralizarnos y, como ya expusimos en estas páginas (aquí), reivindicamos emprender un proceso de actualización que mantenga viva nuestra Constitución. Más allá de las posibles mejores técnicas, hemos de ser conscientes de que algunos de los problemas señalados son de tal magnitud que exigen respuestas constitucionales. En especial, como se ha dicho, la ordenación territorial de España reclama un pacto constitucional. No basta con mutaciones constitucionales subrepticias vía Estatutos ni con más jurisprudencia. Por no hablar del régimen lingüístico, algo tan sensible que difícilmente puede alcanzar respuesta en una “ley de lenguas”. Si en su día el art. 27 CE, que regula el derecho a la educación, fue un punctum dolens en la negociación de la Constitución del 78, en la actualidad lo sería el art. 3, que regula el castellano y el resto de lenguas cooficiales. Algo que debe afrontarse, sin sumisión ni discriminaciones a nuestra lengua común, pero conscientes de la riqueza del pluralismo lingüístico y de la necesidad de integrarlo en la vida nacional.