La sentencia del Constitucional y los límites del poder del Gobierno

El fin nunca puede justificar los medios. Sea en tiempos de catástrofe o normales, el gobernante de turno tiene que ceñirse escrupulosamente al marco normativo vigente. Éste no es de ninguna manera un corsé que impida tomar medidas contundentes para atajar situaciones como la generada por el coronavirus. Obliga a que todas las medidas que se tomen, especialmente si son restricciones de derechos esenciales, estén bien fundamentadas, protegiendo el resto de derechos fundamentales y activando los contrapesos necesarios para evitar situaciones de abusos de poder.

Esta concepción tan básica de un Estado de Derecho es la que ha obligado al Tribunal Constitucional como supremo intérprete de la Constitución a intervenir declarando nulo el primer decreto de estado de alarma de marzo de 2020 que condujo a una suspensión parcial de derechos fundamentales obligando a los ciudadanos españoles a permanecer en sus casas. Esta decisión no ha gustado al Gobierno de coalición, en tanto en cuanto retrata la arbitrariedad con la que se tomaron algunas de las medidas más importantes del último año y medio en España, donde se dejó literalmente aparcado durante un tiempo prolongado al Parlamento, impidiendo el ejercicio de sus funciones. 

Este correctivo del Constitucional debería servir para reflexionar sobre el uso (y abuso) que los Gobiernos hacen de los resortes legales, de manera que no se repita una situación como ésta. Todavía quedan varios recursos y otros ámbitos donde el actual Gobierno y a la cabeza de estas operaciones el flamante ministro de la Presidencia Félix Bolaños, tendrá que rendir cuentas de los artilugios jurídicos utilizados. Afortunadamente en España todavía funcionan los contrapesos constitucionales que deben estar al día y en perfecto estado de funcionamiento para seguir preservando (aunque sea con un retraso considerable) los derechos fundamentales.

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