En ese sentido, cabe destacar la regulación de la condición de víctimas y los derechos que les asisten, entendiendo por tales a los que padecieron persecución o violencia, por razones políticas, ideológicas, de pensamiento u opinión, de conciencia o creencia religiosa, de orientación e identidad sexual, durante el periodo comprendido entre el golpe de Estado de 18 de julio de 1936, la guerra de España y la dictadura franquista hasta la entrada en vigor de la Constitución española de 1978. O las denominadas «Políticas integrales de memoria democrática» en las que se incardinan, de forma muy destacada, la localización e identificación de personas desaparecidas durante la guerra y la dictadura. Es el Estado quien asume el liderazgo en esta importante tarea, lo que complementado con la regulación y la oportuna financiación permitirá simplificar y dotar de un nuevo impulso a los esfuerzos que se vienen realizando en este sentido. Hay también, como en todas las leyes de este tipo, una regulación muy extensa de los elementos simbólicos que se refleja en cambios en el callejero, la resignificación del Valle de los Caídos, la supresión de los títulos nobiliarios franquistas, etcétera.